La noticia fue una gran sorpresa en 1994, o más bien una curiosidad, y nadie creyó que los autores pudieran ganar, pero los jueces les dieron la razón en el año 2001, tras 8 años de proceso.
Jonathan Tasini en 2009
Foto: Wikipedia
Ese año 1994, seis autores (al principio eran 10) encabezados por Jonathan Tasini –que dio nombre al caso– demandaron a The New York Times, Time y Newsday (medios impresos donde ellos habían publicado sus artículos y reportajes como free-lancers) por escanear los textos; al host Mead Data Central (primer distribuidor de las bases de datos Lexis y Nexis, y hoy desaparecido) por ofrecerlos online; y a University Microfilms International (UMI) por ofrecerlos en cd-rom. Fueron apoyados por el Authors’ Guild (gremio de autores).
Aquí puede leerse la decisión final de los jueces:
https://supreme.justia.com/cases/federal/us/533/483/case.pdf
Reproducimos parte del artículo:
Keefer, Alice C. (2002). “Tasini v. The New York Times: aspectos bibliotecarios”. El profesional de la información, v. 11, n 3, pp. 185-188.
Derechos de autor de los textos de un periódico
Los periódicos publican dos tipos de contenido, con diferente copyright:
1) el producido por los autores free-lance, que generalmente mantienen en su poder el copyright; y
2) el producido por miembros de su personal asalariado, cuyos derechos son retenidos por los editores. Éstos además son propietarios del copyright sobre la publicación como un todo, como un trabajo colectivo.
Los 8 años de procesos judiciales pusieron en evidencia problemas debidos a la confrontación de los dos tipos de copyright en el marco delimitado por la Copyright Law de 1976 de los Estados Unidos. Esta ley garantizó a los editores el derecho a reproducir y distribuir artículos preparados por autores en cualquier formato o diseño (una “revisión”, se llamó) y en cualquier medio, tanto existente como creado más tarde. Usando esa Ley como justificación de sus acciones, los periódicos involucrados en el caso Tasini argumentaron que podían incluir las contribuciones de los periodistas free lancers cuando el periódico migró del papel al cd-rom y a la Web, sin haber renegociado sus contratos originales con cada autor.
Además de proveer protección a los editores de trabajos colectivos, la Ley de 1976 también proporcionaba una protección a los autores porque garantizaba que cualquier derecho no transferido específicamente a un editor era retenido por el autor. Hay que aclarar aquí que en los EUA el concepto de derechos morales no se conoce: a diferencia de Europa, los autores norteamericanos pueden escoger, por ej., renunciar a sus derechos personales y transferir todo su copyright a un editor.
No todos los soportes son iguales
Una sentencia inicial fue favorable a los editores y, como resultado, los demandantes llevaron el caso a un tribunal superior. La cuestión debatida fue ¿qué constituye una “revisión” y qué nuevo formato? Los editores equipararon la migración desde el papel a la web con la tradicionalmente aceptada transferencia desde el papel al microfilm, argumentando que el concepto de formato debía ser independiente del medio sobre el que se reproducía, ya fuera papel, película o disco magnético, pues el contenido intelectual permanecía el mismo.
Sin embargo, el tribunal superior estimó que la versión electrónica no era lo mismo que el microfilm, pues las copias basadas en procedimientos fotográficos eran idénticas al original —no cambiaban ni el contenido ni la presentación—, pero por el contrario, cuando el contenido de un periódico se transfiere a una base de datos para acceder a ella electrónicamente, se pierde la presentación física del original y por lo tanto tal proceso no puede ser calificado como una simple “revisión”. Así pues, los jueces se hallaron ante una situación completamente nueva y la decisión final, fallada en junio de 2001, dio la razón al grupito Tasini et al.
Como reacción a la sentencia, The New York Times (TNYT) y otros periódicos decidieron quitar de sus archivos todos los artículos escritos por los free lancers que no quisieron transferir sus derechos retroactivamente [de hecho, el material bajo amenaza de ser retirado alcanzaba sólo hasta 1995, que es cuando los contratos de los editores con los periodistas independientes empezaron a requerir el permiso específico para poder reproducir y distribuir los textos electrónicamente]. Para facilitar la transferencia de derechos, TNYT puso en marcha una web en la cual los antiguos free lancers podían prolongar su permiso a TNYT para mantener en versión electrónica los artículos publicados entre 1980 y 1995. Todos los trabajos cuyos derechos no fueron pasados a TNYT se suprimieron.