Miguel Ángel Barreto, Director Editorial, Cuaderno Urbano
IIDTHH FAU UNNE CONICET, Argentina
18 de diciembre de 2024
PREGUNTA
Consulto sobre criterios establecidos con relación a la máxima cantidad de autores permitidos por artículo.
Entiendo que esto está relacionado con las tradiciones de las disciplinas, pero quizás existan criterios generales.
RESPUESTAS
Rinaldo Vidal Silva, Universidad Católica del Norte, Chile
Más que el número de autores, lo importante es la declaración acerca de las distintas responsabilidades de autoría, para esto existe la taxonomía Credit
https://credit.niso.org/
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Facundo Lugones, Lugones de Biotecnológica SRL, Argentina
Nuestra editorial sigue las características de calidad catálogo Latindex 2.0, no por la cantidad sino por el tipo de autores:
16. Documentos con autoría externa
Al menos el 50% de los trabajos publicados deben provenir de autores externos a la entidad editora y a sus cuerpos editoriales.
Entiendo que la cantidad de autores debe ser lógica y razonable de acuerdo al artículo que se trate (por ejemplo, una guía de tratamiento o un consenso no son lo mismo que un caso clínico) y que deben ser cuidadosos en este punto. Si la cantidad de autores de un trabajo es excesiva, puede ser evaluada por un evaluador indexador como una maniobra ficticia para tratar de llegar a ese 50% de autoría externa y de esta manera jugarles en contra.
Por otra parte, si la cantidad de autores es alta y se justifica, en el caso de una guía por ejemplo, pueden establecer niveles de autoría: Director, coordinador, compilador, traductor, autor, recopilador de datos, etc.
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Ismael Cáceres-Correa, Editor Jefe, Revista nuestrAmérica, Chile
Al igual como lo plantea usted, considero que esto tiene relación con la tradición del área y qué es lo que se considera como parte sustancial para el desarrollo del artículo, pero, también pienso que no toda tradición es correcta y planteo mi punto de vista.
Lo primero, y para contestar a su duda, considero que la cantidad de autores debe ser acorde a la cantidad de personas que sustancialmente hicieron el manuscrito, pero ese es el punto que planteo: el manuscrito y no el proyecto. La revista hará una revisión al manuscrito presentado, no al proyecto de investigación.
Considero, y así lo tomamos en los equipos en que participo, que la revista debe especificar estas problemáticas con una política editorial explícita y debe estar acorde a la ética editorial. No puede permitirse una autoría regalada, cosa que antes —y quizá aún— abunda. Sugiero basarse en la taxonomía CRediT, pero, al igual como ocurre con los estilos de citas que permiten incluso citar comentarios en redes sociales, establecer qué tipos de contribuciones se permiten que sean consideradas dentro de las autorías.
En los lugares en los que participo no permitiríamos que tenga autoría en un artículo final, por ejemplo, quien contribuyó en la «Captación de fondos», porque esa es una contribución al proyecto y no tiene nada de científico, no tiene investigativo, y lo que la revista evalúa es el aporte al conocimiento y no a la capacidad de reunir fondos. Aplíquese este criterio para todos los otros casos en los que esa persona no intervino en la construcción del artículo. Y no se trata de que cada persona deba escribir una parte del artículo como cuando en los trabajos escolares se reparten partes por hacer, sino de lo sustancial, del conocimiento teórico, del conocimiento metodológico, de la discusión, de cómo plantear el manuscrito.
Sé que se tiene la costumbre de regalar autoría a quienes dirigen los proyectos de investigación, pero me parece una práctica poco ética que debe ser erradicada. Quienes dirigen los proyectos de investigación deben ser reconocidos explícitamente si el manuscrito es producto de ese proyecto, y si es necesario —lo cuál es muy probable— se debe citar correctamente los trabajos de esa persona, pero no regalar una autoría si no aportó significativamente a la investigación. Es poco ético.
Entonces, lo que sugiero es que se emplee la taxonomía CRediT, que se exija la mención explícita de los aportes de cada autor basándose en esa taxonomía, pero que la revista sea muy clara en publicar qué contribuciones no permitirá en las autorías. De esta forma la cantidad máxima de autores en un artículo estará basada en la cantidad de personas que hicieron un aporte sustancial.
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Lluís Codina, Universitat Pompeu Fabra, Barcelona
La normativa internacional (ver criterios COPE) más consensuada dice que para ser autor se deben cumplir tres condiciones, no una ni dos sino las tres: (1) haber participado en el diseño de la investigación o en la obtención o el análisis de datos; (2) haber hecho contribuciones críticas a la revisión o redacción del manuscrito; (3) haber dado la aprobación a la versión final del manuscrito.
Si se cumplen las tres condiciones no importa el número de autores. Ahora bien, en ciencias sociales el rango habitual es entre 1 y 5 autores. Más de cinco debe estar justificado por la complejidad del trabajo y sería una buena práctica justificarlo en la cover letter, sin perjuicio de usar además la taxonomía CRediT para detallar cada participación.
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Denisse Parra Giordano, Editora Jefa, Revista Chilena de Enfermería
Desde la Revista Chilena de Enfermería, al igual que comenta Rinaldo utilizamos la declaración de autoría CRediT.
Así en el envío, el equipo de autore/as declara qué rol realizó cada persona.
Y como menciona Lluís, para ser considerada autor/a una persona se debe realizar tres de los 14 roles,entendiendo que según la naturaleza del artículo no se desarrollan todos; y varían según la participación.
De esta forma, ejercer solo una función o dos no hacen a una persona autor/a automáticamente.
E igualmente, para los aspectos éticos reforzamos COPE:
https://publicationethics.org/getting-started/what-publication-ethics